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“¿De qué sirve no comer carne si devoras a tu hermano?”, no es un permiso para pecar y faltar a la abstinencia

dominusestblog.wordpress.com

Por Dominus Est. 25 de febrero de 2020.

“¿De qué te sirve no comer carne si devoras a tu hermano?”, decía San Juan Crisóstomo, no como “licencia” para evadir la abstinencia y seguir nuestras pasiones, sino para recordarnos la coherencia del ayuno con nuestras acciones. ¡Y qué difícil! ¿para quién resulta fácil? ¿quién puede presumir de haberlo logrado? Buscar coherencia entre nuestras acciones y lo que entra o deja de entrar por nuestra boca debe ser siempre para una mayor perfección de nuestra alma, no en detrimento de ésta. Comer carne en días penitenciales porque de todos modos habré de “devorar a mi hermano”, no es congruencia sino acumulación de vicios.
Hacer mal al otro siempre es malo. Pero comer carne en días y tiempos penitenciales como el Miércoles de Ceniza, Viernes Santo y todos los Viernes de Cuaresma ES PECADO MORTAL. ¿De qué me sirve no comer carne? Me sirve para fortalecer mi alma, templar mi carácter, fortalecerme ante las tentaciones, prepararme espiritualmente para los próximos cuarenta días, gritar con hechos ese “Sí quiero” y, muy importante, me sirve para no cometer pecado mortal salvaguardado mi alma. ¡Vaya inicio de Cuaresma! cometiendo pecado grave el primer día cuando apenas unos días antes presumíamos que ésta sería nuestra mejor Cuaresma. San Basilio el grande decía que “el ayuno no sólo te libra de la condenación futura; sino que te preserva de muchos males y sujeta tu carne, de otro modo indómita… Ten cuidado, no sea que, por despreciar ahora el agua, tengas después que mendigar una gota desde el infierno”.

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¿Acaso pretendemos no ser más que amantes interesados de Nuestro Señor?, “Jesús tiene ahora muchos que aspiran a su reino celestial, pero pocos que estén dispuestos a llevar su cruz. Muchos que anhelan la consolación, pero pocos que quieran la tribulación. Halla muchos comensales para sentarse con Él a la mesa, pero POCOS PARA COMPARTIR SU ABSTINENCIA. Todos desearían gozar con Él, pero pocos están prontos a sufrir algo por Él…

Muchos siguen a Jesús hasta la fracción del pan, más pocos hasta beber el cáliz de la pasión.

¿No deben llamarse mercenarios los que andan siempre buscando consolaciones?”, dice Tomás de Kempis en “Imitación de Cristo”.
Es lamentable encontrar católicos, “amantes interesados de Jesús”, no buscando cómo hacer un mejor ayuno, ni cómo ir más allá de lo mínimo, sino más bien esmerados en cómo seguir sus pasiones buscando evitar lo que siempre ha pedido la Iglesia. Terminan faltando a sus obligaciones como católicos en días penitenciales, y de todos modos terminan devorando a su hermano. No buscan cómo cargar mejor su cruz sino cómo deshacerse de ella, parafraseando al Santo Padre Pío… al menos la marca de ceniza en la frente no faltará.

“¿De qué te sirve no comer carne si devoras a tu hermano?”, NO ES UN PERMISO PARA PECAR DE DIFERENTE MANERA.

“Por no ayunar fuimos expulsados del edén; ayunemos, pues, para que se vuelvan a abrir sus puertas… No busques pretextos para excusarte, porque estas hablando con Dios, que lo sabe todo. ¿Que no puedes ayunar y, en cambio, te regalas con grandes comilonas? Mas perjudican éstas a la salud que el ayuno”, señala San Basilio el grande.

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RECORDEMOS LO QUE MANDA LA IGLESIA para el ayuno y la abstinencia los días penitenciales. Del Código de Derecho Canónico:

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– Canon 1249Todos los fieles, cada uno a su modo, están obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales, en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia, a tenor de los cánones que siguen.
– Canon 1250En la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma.
– Canon 1251Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne; […] ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.
– Canon 1252La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la abstinencia.

Que Dios os bendiga y os conceda una santa Cuaresma,


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